Áreas delimitadas como Zona de Flujo Preferente según lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, correspondiente al ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Forma parte del conjunto de los Mapas de peligrosidad y de Riesgo de Inundación, incorporados en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI) de acuerdo con el Real Decreto 903/2010. Ésta ha sido elaborada por las Confederaciones Hidrográficas del Ebro y del Cantábrico con la colaboración de las Comunidades Autónomas y la coordinación del grupo nacional de inundaciones y actualizada en el 2º ciclo de aplicación de la Directiva europea de Inundaciones. Esta zona está constituida por la unión de la zona o zonas donde se concentra preferentemente el flujo durante las avenidas, o vía de intenso desagüe, y de la zona donde, para la avenida de 100 años de periodo de retorno, se puedan producir graves daños sobre las personas y los bienes, quedando delimitado su límite exterior mediante la envolvente de ambas zonas.