Catastro minero. Cuadrícula

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Malla correspondiente a la cuadrícula minera según se define en el artículo 75 de la Ley 22/1973, de Minas: volumen de profundidad indefinida cuya base superficial quede comprendida entre dos paralelos y dos meridianos, cuya separación sea de veinte segundos sexagesimales, que deberán coincidir con grados y minutos enteros y, en su caso, con un número de segundos que necesariamente habrá de ser veinte o cuarenta.

Datos y Recursos

Información Adicional

Campo Valor
Título Catastro minero. Cuadrícula
Palabras clave
Frecuencia de actualización
Cobertura geográfica Comunidad Foral de Navarra
Cobertura temporal
Fecha original 01-02-2011
Vigencia del conjunto de datos
Recursos relacionados
    Normativas
    Departamento Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial
    Unidad responsable Dirección General de Energía, I+d+i Empresarial y Emprendimiento
    Contacto minas@navarra.es

    Dataset extent