Parques eólicos que no han obtenido todas las autorizaciones necesarias para su construcción y/o puesta en servicio. Conjuntos de aerogeneradores que comparten infraestructuras de acceso, mantenimiento y conexión a la red eléctrica. Se representan mediante una o varias líneas que unen los aerogeneradores que forman el parque. La potencia es la suma de las potencias de los aerogeneradores del parque y se expresa en megavatios (MW).
Nota: no se incluyen los parques eólicos de potencia superior a 50 MW o que excedan del ámbito territorial de Navarra, cuya tramitación corresponde a la Administración General del Estado.